Foto: GARDEU |
El próximo 1 de julio entra en vigor el Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. El capítulo IV aborda las medidas sobre la prestación farmaceútica, que afectará, principalmente, al colectivo de pensionistas, quienes tendrán que pagar hasta sesenta euros en medicamentos.
El director general del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa), José Julián Díaz Melguizo, visitó Ceuta el pasado miércoles y se reunió con los representantes del Ingesa a nivel local, así como con el delegado del Gobierno, Francisco Antonio González Pérez. Díaz Melguizo mantuvo un encuentro con representantes del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Ceuta para explicarles cómo afectará este Real Decreto-Ley. Por parte del Colegio, acudieron a la cita su presidente, Antonio Ruiz Moya; vicepresidente, José María Partida; secretario, Ángel Pedrosa; tesorero, Aurelio Puya, y los vocales, Federico Vivas, María Luisa Ares y Mario de Miguel.
“El día 1 de julio empieza la nueva prestación farmaceútica y hay diversos grupos que tendrán que pagar de diferente manera”, explicó el director del Colegio, tras la reunión. El colectivo de pensionistas será uno de los más afectados. En las recetas expedidas por el facultativo -tras un cruce de datos informático- aparecerán unos códigos que indiquen si el usuario debe pagar el 60% del medicamento (rentas superiores a 100.000 euros); el 10% del precio (rentas tanto inferiores como superiores a la obligatoriedad a hacer la declaración de la renta) o si el medicamento será gratuito, en el caso de los perceptores de pensiones no contributivas. En cualquier caso, existirán unos máximos de 8, 18 o 60 euros, en base a esas rentas.
“El día 1 de julio empieza la nueva prestación farmaceútica y hay diversos grupos que tendrán que pagar de diferente manera”, explicó el director del Colegio, tras la reunión. El colectivo de pensionistas será uno de los más afectados. En las recetas expedidas por el facultativo -tras un cruce de datos informático- aparecerán unos códigos que indiquen si el usuario debe pagar el 60% del medicamento (rentas superiores a 100.000 euros); el 10% del precio (rentas tanto inferiores como superiores a la obligatoriedad a hacer la declaración de la renta) o si el medicamento será gratuito, en el caso de los perceptores de pensiones no contributivas. En cualquier caso, existirán unos máximos de 8, 18 o 60 euros, en base a esas rentas.
Procedimiento
En el caso de que se superen esos límites económicos, el procedimiento, según explica el presidente del Colegio, será que el usuario solicite una factura en la farmacia y presente una reclamación por las vías oficiales. El Estado dispondrá de hasta seis meses para devolver el importe excedente. “Esto es, en la primera semana de agosto, el usuario reclamará el importe relativo a julio y el Estado tendrá hasta enero para devolvérselo”.
“El Ingesa nos comunicó que habían hecho un estudio retrospectivo y que la medida afectaba a poca gente”, apunta Ruiz, quien explica que “la burocracia” para el reembolso se podría acelerar si se llega a implantar la receta electrónica, que debería estar vigente “a partir de enero de 2013”. “Estamos en ello”, añade.
Hasta la entrada en vigor de esta norma, los pensionistas no pagaban por los medicamentos. Para el resto de usuarios del Sistema Nacional de Salud, el pago era del 40%. A partir de ahora pagarán el 40, 50 o 60%, según las rentas. En cuanto a los parados de larga duración, no tendrán tampoco que retribuir los medicamentos.
“El Ingesa nos comunicó que habían hecho un estudio retrospectivo y que la medida afectaba a poca gente”, apunta Ruiz, quien explica que “la burocracia” para el reembolso se podría acelerar si se llega a implantar la receta electrónica, que debería estar vigente “a partir de enero de 2013”. “Estamos en ello”, añade.
Hasta la entrada en vigor de esta norma, los pensionistas no pagaban por los medicamentos. Para el resto de usuarios del Sistema Nacional de Salud, el pago era del 40%. A partir de ahora pagarán el 40, 50 o 60%, según las rentas. En cuanto a los parados de larga duración, no tendrán tampoco que retribuir los medicamentos.
LAS CLAVES
Rentas de -18.000 €
Pensionistas. Pagarán el 10% de los medicamentos, hasta un límite máximo de ocho euros al mes. Si superan este importe deberán reclamárselo al Estado.
Activos. Pagarán el 40% de los medicamentos. Se trata de las rentas inferiores a la obligatoriedad de hacer la declaración de la renta. No existe un límite de pago. Es el precio que hasta ahora pagaban los usuarios no pensionistas por los productos farmaceúticos.
Activos. Pagarán el 40% de los medicamentos. Se trata de las rentas inferiores a la obligatoriedad de hacer la declaración de la renta. No existe un límite de pago. Es el precio que hasta ahora pagaban los usuarios no pensionistas por los productos farmaceúticos.
Rentas 18.000 -100.000 €
Pensionistas. Pagarán el 10% de los medicamentos, hasta un límite máximo de 18 euros al mes. Deberán tramitar la reclamación en caso de superar esta cifra.
Activos. Pagarán el 50% de los medicamentos, sin límite económico en el pago. Se trata de las ingresos superiores a la obligatoriedad de hacer la declaración de la renta.
Rentas de +100.000 €
Pensionistas. Pagarán el 60% de los medicamentos, hasta un límite máximo de sesenta euros. Deberán cursar reclamación si pasan ese importe.
Activos. Pagarán el 60% de los medicamentos, sin límite máximo.
Sin ingresos
Pensionistas. No pagarán los medicamentos. Son los perceptores de pensiones no contributivas o mínimas. Hasta ahora, ningún pensionista paga los productos farmaceúticos.
Parados. Los parados de larga duración no pagarán.
Información publicada en El Pueblo de Ceuta